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Protege tus datos, las autoridades fiscales te acechan

SOFTWARE EN LA NUBE = CONTROL DE IMPUESTOS. SE REQUIEREN PLATAFORMAS DE VENTAS Y ALOJAMIENTO EN LÍNEA PARA PROPORCIONAR INFORMACIÓN SOBRE SUS USUARIOS A LA ADMINISTRACIÓN DE IMPUESTOS. (Y SIN QUE USTED SEA ASESORADO)
(ELFISOFT NO TIENE DATOS DE SUS USUARIOS)


Las autoridades fiscales pueden ingresar datos en servidores remotos

El contribuyente ya no puede oponerse al ingreso de datos informáticos. La ley de finanzas enmendada para 2012 ahora autoriza a la administración tributaria a ingresar datos informáticos ubicados en servidores ubicados remotamente tan pronto como pueda acceder a ellos desde una computadora ubicada en cualquier lugar de la región contribuyente verificado (1).

De conformidad con el artículo L.16 B del Libro de Procedimientos Tributarios (LPF) (2), la administración tributaria podrá ser autorizada por el juez de libertad y detención para realizar visitas a todos los lugares, incluso privados, donde se presenten documentos y documentos que revelen ingresos o Es probable que se lleve a cabo el fraude del impuesto sobre las ganancias o del IVA y que ingresen datos, independientemente del medio

Su responsable del tratamiento también puede pedirle al juez de libertades que consulte sus datos "en la nube".
Esta cuestión fue decidida recientemente en este sentido por el legislador (art. 315bis CIR 92, modificado por los art. 45, 46 y 51 de la Ley de Programas del 01.07.2016, MB del 04.07.2016). Las mismas reglas también se aplican al IVA. Por tanto, tanto su inspector fiscal como su inspector del IVA pueden pedirle que les presente los documentos que debe conservar y que debe conservar "en la nube", y posiblemente que les entregue una copia. .

El derecho a la comunicación

Atención. Desde el 1 de enero de 2018, en el contexto de la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, la administración tributaria tiene la posibilidad de dirigirse a entidades financieras, profesionales regulados (abogados, alguaciles, etc.), casinos, etc. obtener la comunicación de la información en poder de estas personas de acuerdo con sus obligaciones de debida diligencia. Quien se oponga a este derecho de comunicación puede ser sancionado con una multa de 10.000 €.

Respecto a los operadores de telefonía y proveedores de servicios de Internet. Desde el 1 de enero de 2019 podrá hacer uso de su derecho de comunicación con estos profesionales cuando sospechen incumplimientos que den lugar a sanciones.